
El conductor huyó. Su cobertura no.
Choque con fuga · Los Ángeles
Lo chocó un conductor que se dio a la fuga
En un choque con fuga, usted se queda sin el seguro del otro conductor. Estas guías explican los plazos y las coberturas que aún pueden pagar por sus lesiones.
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Haga esto ahora
Dos plazos empiezan de inmediato
Reporte a la policía dentro de 24 horas
Para usar la cobertura de conductor sin seguro en un choque con fuga, el choque debe reportarse a la policía o a la CHP dentro de 24 horas (Código de Seguros 11580.2).
Avise a su aseguradora dentro de 30 días
La misma ley exige una declaración jurada a su propia aseguradora dentro de 30 días. Llame a su aseguradora ahora y luego confírmelo por escrito.
Busque cámaras
De negocios, casas, autobuses y timbres con cámara cerca del lugar. Las grabaciones a menudo se borran en cuestión de días.
Anótelo todo
Parte de la placa, el color, la marca, los daños del otro carro, la dirección en que se fue y los nombres de quienes se detuvieron.

Quién paga
Es posible que tenga más cobertura de la que cree
Cuando nunca se encuentra al conductor, pueden entrar en juego su propia cobertura de motorista sin seguro, la póliza de alguien que vive en su hogar, la cobertura de pagos médicos, su seguro médico y la Junta de Compensación para Víctimas de California (California Victim Compensation Board). Cómo funciona la cobertura UM después de un choque con fuga explica las reglas.

Para hispanohablantes
Lo que debe saber antes de empezar
Todo en español
Las guías, las preguntas y el formulario están en español. Responda con sus propias palabras.
No preguntamos sobre su estatus migratorio
El formulario nunca le pregunta sobre su estatus migratorio ni su número de Seguro Social.
Hay plazos que cumplir
California tiene plazos para presentar reclamos. Mientras antes pida una revisión, más opciones podría tener.
Revisión de caso
5 preguntas rápidas
Toma aproximadamente un minuto. No es un bufete de abogados ni un servicio de referencia de abogados. Enviar este formulario no crea una relación abogado-cliente. Su información podría compartirse con abogados participantes, quienes podrían comunicarse con usted.
Guías
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Lo atropelló un carro mientras caminaba o andaba en bicicleta en LA y el conductor se fueAunque iba caminando o en bicicleta, es posible que una póliza de auto aún lo cubra, y California tiene un fondo para víctimas de delitos.Leer la guíaPreguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
- ¿Qué debo hacer después de un choque con fuga (hit-and-run)?
- Póngase a salvo, llame al 911 y busque atención médica. Anote todo lo que recuerde del vehículo (color, marca, parte de la placa, dirección), tome fotos y pregunte a los negocios cercanos y a los testigos si tienen video. Reporte el incidente a la policía lo antes posible.
- ¿Quién paga por mis lesiones si nunca encuentran al conductor?
- Su propia cobertura de motorista sin seguro (UM) puede pagar por lesiones causadas por un conductor no identificado que se dio a la fuga. Para esa cobertura, California exige que haya habido contacto físico con el vehículo que huyó, un reporte a la policía, al sheriff o a la CHP dentro de 24 horas, y una declaración escrita bajo juramento a su aseguradora dentro de los 30 días siguientes (Código de Seguros 11580.2(b)(1)).
- Iba caminando o en bicicleta y no tengo auto. ¿Hay cobertura?
- Muchas veces, sí. La cobertura de motorista sin seguro en California generalmente protege al titular de la póliza, a su cónyuge y a los familiares que viven en el mismo hogar, incluso cuando van caminando o en bicicleta en lugar de viajar en un auto (Código de Seguros 11580.2(b)). Lo que manda es el texto exacto de la póliza, así que reúna todas las pólizas de auto de su hogar.
- ¿Hay un plazo para un reclamo de motorista sin seguro?
- Sí. Además del reporte policial dentro de 24 horas y el aviso a la aseguradora dentro de 30 días, dentro de los dos años siguientes al accidente generalmente usted debe llegar a un acuerdo sobre el reclamo, presentar una demanda contra el conductor culpable o iniciar formalmente un arbitraje con su aseguradora (Código de Seguros 11580.2(i)).
- ¿Qué pasa si la policía encuentra al conductor?
- Entonces es posible que pueda presentar un reclamo contra ese conductor y su seguro, además de cualquier cobertura UM. Huir del lugar de un choque con lesionados es un delito en California (Código de Vehículos 20001), y un tribunal penal puede ordenar una restitución, pero un reclamo civil es algo aparte.
- ¿Puedo recibir ayuda con las facturas médicas de inmediato?
- La cobertura de pagos médicos (MedPay) de su póliza de auto, si la tiene, y su seguro médico pueden ayudar con las facturas mientras el reclamo está pendiente. Las víctimas de delitos, incluidos los choques con fuga que causan lesiones, también pueden presentar una solicitud ante la Junta de Compensación para Víctimas de California (California Victim Compensation Board, CalVCB), que puede ayudar con algunos gastos que el seguro no cubre.
- ¿Cuánto tiempo tengo para demandar?
- Una demanda por lesiones contra un conductor identificado generalmente debe presentarse dentro de dos años (Código de Procedimiento Civil 335.1). Los reclamos de motorista sin seguro siguen los plazos de seguro separados que se mencionan arriba.
Información general sobre la ley de California, no asesoría legal.
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