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Guías

Lo atropelló un carro mientras caminaba o andaba en bicicleta en LA y el conductor se fue

Actualizado el 4 de noviembre de 2026 · Equipo editorial de LA Hit and Run Lawyer Guide · Ley de California

Aunque iba caminando o en bicicleta, es posible que una póliza de auto aún lo cubra, y California tiene un fondo para víctimas de delitos.

Las personas que van a pie o en bicicleta son las que tienen más probabilidad de salir gravemente lesionadas en un choque y fuga, y muchas veces suponen que, como no iban en un auto, ningún seguro les aplica. Varias fuentes pueden aplicar, por separado o en conjunto.

Cobertura de conductor sin seguro, aunque usted no iba en un auto

Si usted, o un familiar con quien vive, tiene una póliza de auto con cobertura de conductor sin seguro (UM), muchas veces lo cubre como peatón o ciclista atropellado por un conductor no identificado. Aplican las mismas condiciones estrictas: contacto físico con el vehículo, un reporte policial dentro de 24 horas y una declaración jurada a la aseguradora dentro de 30 días (Código de Seguros 11580.2).

Cobertura de pagos médicos

La cobertura de pagos médicos ("med-pay") de una póliza de auto paga facturas médicas hasta un monto fijo sin importar quién tuvo la culpa, y algunas pólizas la extienden al titular cuando es peatón. Revise la página de declaraciones de su póliza.

Seguro de salud y Medi-Cal

Use su cobertura de salud para recibir tratamiento. Su plan puede pedir que se le reembolse si más adelante usted recupera dinero por esas mismas facturas, pero eso se resuelve al final. Si no tiene cobertura, pregunte en el hospital sobre asistencia financiera y si califica para Medi-Cal. Algunos médicos también atienden a pacientes lesionados con un gravamen (lien), que se paga de cualquier compensación que usted reciba. LawyersTrend mantiene un directorio de médicos que trabajan con gravamen. Trate un gravamen como una deuda real y pregunte por los cargos con anticipación.

La Junta de Compensación a Víctimas de California

Un choque y fuga que lesiona a alguien es un delito, y eso puede hacer que la víctima califique para recibir ayuda de la Junta de Compensación a Víctimas de California (CalVCB). CalVCB puede ayudar a pagar ciertos gastos, como tratamiento médico y de salud mental e ingresos perdidos, cuando otras fuentes no los cubren. Es un pagador de último recurso, así que por lo general el seguro paga primero. En general, las solicitudes deben presentarse dentro de los siete años posteriores al delito, con algunas excepciones, y normalmente se requiere haber reportado el delito a la policía.

Otras partes responsables

A veces el conductor no es el único responsable. Un diseño peligroso de la intersección, un semáforo descompuesto o una iluminación deficiente pueden señalar a una agencia pública; esos reclamos tienen un plazo de seis meses (Código de Gobierno 911.2). Si más adelante se identifica el vehículo como un vehículo de una empresa, el empleador podría ser responsable.

Repórtelo, aunque hayan pasado días

Si una ambulancia se lo llevó del lugar y no se hizo un reporte, llame al LAPD (o a la CHP o al Sheriff, según el lugar) lo antes posible. La regla de 24 horas de la cobertura UM es estricta, y un reporte tardío sigue siendo mejor que ninguno para la investigación penal y para CalVCB.

Evidencia específica para ciclistas

  • Guarde la bicicleta, el casco y cualquier equipo dañado tal como quedaron. No los repare todavía.
  • Guarde los datos del recorrido de sus apps de GPS o de su computadora de bicicleta; pueden mostrar su velocidad, su ruta y la hora exacta.
  • Revise si hay video de la cámara del casco o del manubrio, y pregunte a otros ciclistas si iba en un paseo en grupo.

Fuentes

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